17 mayo 2023 | 09:45 am Por: Redacción

Se emiten disposiciones vinculadas al Impuesto a la Renta y recuperación anticipada del IGV

MEF aprueba reglamento sobre beneficios tributarios para la acuicultura

MEF aprueba reglamento sobre beneficios tributarios para la acuicultura
Reglamento consta de tres títulos, nueve artículos, tres disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria.

(Agraria.pe) El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de las disposiciones tributarias vinculadas al Impuesto a la Renta y recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) contenidas en la Ley N° 31666 o Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura.

Mediante Decreto Supremo N° 092-2023-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se emitió dicho reglamento que consta de tres títulos, nueve artículos, tres disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria.

El objetivo es establecer las normas reglamentarias para la aplicación de los beneficios tributarios vinculados al Impuesto a la Renta y recuperación anticipada del IGV contenidos en la Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura.

El reglamento indica que los beneficios tributarios previstos en la mencionada ley se aplican a las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de tercera categoría que cumplan con todas sus obligaciones tributarias y sanitarias y que cuenten con derecho administrativo y habilitación sanitaria vigente cuando corresponda, para realizar las siguientes actividades:

- Actividades de acuicultura, en las siguientes categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), a nivel nacional.

- Actividades de acuicultura y que realizan procesamiento industrial con productos provenientes de la actividad acuícola (proceso de congelado, envasado o curado) en planta propia o de terceros, con fines de conservación y comercialización.

En los considerandos de la norma se destaca que la Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura estableció diversos beneficios tributarios con el objeto de fortalecer el desarrollo de la actividad acuícola sostenible en el país y promover las sinergias entre las empresas del sector a nivel nacional.

El presente decreto supremo se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del MEF (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).

 

Etiquetas: Mef , acuicultura
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