Minagri admite producción y comercialización de flores de cara a la celebracion del Día de la Madre
Se le incluyó entre las actividades indispensables a las consideradas esenciales
(Agraria.pe) El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) publicó este domingo 3 de mayo en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 0108-2020, en la que admite entre las actividades indispensables a las consideradas esenciales -y por lo tanto no afectadas por el Estado de Emergencia Nacional- a la producción, acopio, transporte, adquisición, abastecimiento y venta de flores y plantas ornamentales.