06 mayo 2021 | 10:18 am Por: José Carlos León Carrasco

A través de la Resolución Directoral N 0006-2021-Midagri-Senasa-DSA

Aprueban requisitos sanitarios para importación de carne de porcino procedente de Brasil

Aprueban requisitos sanitarios para importación de carne de porcino procedente de Brasil
El producto debe provenir de porcinos nacidos, criados y faenados en dicho país que es libre de peste porcina africana, libre de fiebre aftosa reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), y nunca ha registrado la ocurrencia de enfermedades diversas.

(Agraria.pe) A través de la Resolución Directoral N 0006-2021-Midagri-Senasa-DSA, se aprobaron los requisitos sanitarios para importación de carne de porcino procedente de la República Federativa de Brasil.

El producto (carne) deberá estar amparado por un certificado sanitario de exportación, expedido por la autoridad sanitaria competente de la República Federativa de Brasil, en el que consta el cumplimiento de los siguientes requisitos:

El producto debe provenir de porcinos nacidos, criados y faenados en la República Federativa de Brasil, país que es libre de peste porcina africana y nunca ha registrado la ocurrencia de enfermedades como la vesicular del cerdo, encefalitis por virus nipah, gastroenteritis transmisible, síndrome reproductivo y respiratorio porcino, encefalomielitis por enterovirus (enfermedad de Teschen o enfermedad de Talfan) y triquinelosis en el territorio brasileño. Brasil también es libre de fiebre aftosa reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Los porcinos que dan origen al producto deben haber sido transportados de la explotación de origen al matadero en un vehículo previamente lavado y desinfectado, y sin tener contacto con otros animales que no cumplan con los requisitos de la exportación.

El establecimiento de origen, el matadero y al menos en un área de 10 km a su alrededor no deberán estar en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de porcinos al momento de la exportación y durante los sesenta días previos al embarque de esta.

El producto debe proceder de porcinos nacidos y criados en una zona libre de peste porcina clásica (se debe indicar la zona). El producto debe proceder de porcinos nacidos y criados en una granja en donde no se ha registrado casos de brucelosis, senecavirus y enfermedad de Aujeszky en los últimos 60 días. Asimismo, el producto debe proceder de porcinos que han sido criados de acuerdo con el Código de Prácticas de Higiene para la carne de Codex Alimentarius (CAC/RCP 58-2005).

El producto debe proceder de un establecimiento que tiene implementado y en operación el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y está oficialmente autorizado para la exportación por la autoridad competente de la República Federativa de Brasil y se encuentra habilitado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) de la República del Perú.

El producto debe obtenerse a partir de porcinos sacrificados en un establecimiento registrado oficialmente por el Departamento de Inspección de Productos de Origen Animal (DIPOA), sujetos a inspección veterinaria oficial ante mortem y post mortem y se consideraron aptos para el consumo humano.

El establecimiento de donde procede el producto debe tener implementado y en operación un sistema de trazabilidad en la cadena porcina, verificado sistemáticamente por la autoridad competente de la República Federativa de Brasil, que permite trazar toda la trayectoria de la carne, desde su origen en la fase primaria hasta los puntos de su distribución y viceversa.

La autoridad competente de la República Federativa de Brasil tiene implementado y en operación un programa de monitoreo de contaminantes químicos y microbiológicos, que incluye a la carne porcina y a los piensos e ingredientes de piensos. El programa contempla el monitoreo de la ractopamina en animales sacrificados, con un límite de 10 microgramos por kilogramo de músculo.

La autoridad competente de la República Federativa de Brasil es responsable por la fiscalización de la producción y comercialización de productos veterinarios utilizados en la especie porcina, así como por la fiscalización del cumplimiento de los estándares de buenas prácticas de manufactura que incluyen la implementación de un sistema de trazabilidad para los productos indicados para la especie, por los establecimientos productores.

El producto deberá estar embalado con materiales de primer uso. Los embalajes llevan en su etiqueta el nombre del producto, el país de origen, el número de establecimiento autorizado, la fecha de producción y su vigencia del producto, el número de lote que permita garantizar la trazabilidad al origen de los porcinos de los que provienen los productos.

Se han tomado las precauciones necesarias para evitar el contacto con cualquier fuente de contaminación, después del procesamiento del producto. El producto fue inspeccionado por la autoridad sanitaria competente de la República Federativa de Brasil previo a la certificación.

 

Etiquetas: cerdo , importaciones