24 noviembre 2022 | 09:34 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Se estableció una cuota de 2.283.000 toneladas para la zona norte-centro del país

Produce autoriza segunda temporada de pesca industrial de anchoveta con destino al consumo humano directo

Produce autoriza segunda temporada de pesca industrial de anchoveta con destino al consumo humano directo
El inicio de la temporada de pesca será el 28 de noviembre del presente año, teniendo cinco días de pesca exploratoria desde el 23 de noviembre en el área marítima fuera de las cinco millas marinas de la línea de costa. La fecha de conclusión de la segunda temporada de pesca 2022 será una vez alcanzado el límite máximo total de captura permisible de la zona norte-centro autorizado, o cuando Imarpe lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.

(Agraria.pe) El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la segunda temporada de la pesca industrial de anchoveta y anchoveta blanca, con destino al consumo humano indirecto en el área marítima de la zona norte-centro del país.

A través de la Resolución Ministerial 00391-2022-Produce, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se indicó que el límite máximo total de captura permisible en la zona norte-centro de Perú es de hasta 2.283.000 toneladas.

El inicio de la temporada de pesca será el 28 de noviembre del presente año, teniendo cinco días de pesca exploratoria desde el 23 de noviembre en el área marítima fuera de las cinco millas marinas de la línea de costa, en el extremo norte del mar peruano y los 15°59’59.9’’S.

Del mismo modo, se anunció que la fecha de conclusión de la segunda temporada de pesca 2022 será una vez alcanzado el límite máximo total de captura permisible de la zona norte-centro autorizado, o en su defecto, cuando el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.

Faenas de pesca
En la norma también se indica que solo pueden realizar faenas de pesca en el marco de la presente Resolución Ministerial, las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca para el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas.

Esta lista es publicada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

 

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